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Se pone en conocimiento de los señores operadores que, el Directorio, en uso de facultades estatutarias y reglamentarias, ha resuelto abrir a partir del próximo 12 de octubre de 2010 la cotización del “Contrato de Futuro de Sorgo” y del “Contrato de Opciones sobre Futuro de Sorgo”.

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Se pone en conocimiento de los operadores que el Directorio, en uso de facultades estatutarias y reglamentarias, ha resuelto abrir a partir del próximo 3 de agosto la cotización del “Contrato Soja 30 días”, el que se regirá por las siguientes especificaciones.

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Se pone en conocimiento de los señores Operadores que el Directorio, a efectos de agilizar la carga administrativa que representa la confección de una oferta por cada contrato, estableció un nuevo procedimiento según el cual se permite la agrupación de ofertas por operador/cliente.

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Se pone en conocimiento de los señores operadores que, el Directorio, en uso de facultades estatutarias y reglamentarias, ha resuelto abrir a partir del próximo 15 de febrero de 2010 la cotización del “Contrato de Futuros sobre Base Soja Calidad Fábrica” .

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Se pone en conocimiento de los señores operadores que, el Directorio, en uso de facultades estatutarias y reglamentarias, ha resuelto abrir a partir del próximo 1° de setiembre la cotización de los siguientes contratos: “Contrato de Futuros sobre BASE Girasol Villegas”; “Contrato de Futuros sobre BASE Girasol Daireaux”; “Contrato de Futuros sobre BASE Soja Villegas” y “Contrato de Futuros sobre BASE Soja Daireaux”, todos ellos conforme el texto unificado vigente por Avisos Nros. 365, 386 y 418 con las siguientes especificaciones:

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Se lleva a conocimiento de los Sres. Operadores que el Directorio ha resuelto realizar ajustes que permitan alcanzar un ordenamiento administrativo más eficaz; resultando procedente modificar ciertos plazos reglamentarios adecuándolos a las actuales necesidades. Con tal objeto, en uso de la facultad que en tal sentido le otorga el Reglamento Social, el Directorio resolvió adoptar las siguientes medidas que entrarán en vigencia a partir del 1º de octubre de 2008

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Se pone en conocimiento de los señores operadores que, contando con la autorización de la Comisión Nacional de Valores según Res. Nº 15.656, a partir del 5 de noviembre de 2007, comenzarán a cotizar los contratos FUTURO DE ÍNDICE DE COMMODITIES ARGENTINOS "ICA MATba" y OPCIONES SOBRE CONTRATO DE FUTURO DE ÍNDICE DE COMMODITIES
ARGENTINOS "ICA MATba", cuyos reglamentos se acompañan en Anexo y cuyas especificaciones más abajo se indican. Durante los seis primeros meses desde el lanzamiento, el tonelaje que se registre en estos contratos no se computará para el cálculo de la clasificación según el patrimonio neto de operador, asimismo, durante dicho lapso, la tasa de registro estará bonificada.

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Se pone en conocimiento de los señores operadores que el Directorio, en uso de facultades reglamentarias resolvió que, a partir de la posición enero 2009 y en adelante, el vencimiento de todas las opciones -excepto las del ICA- se producirá en la rueda previa a las últimas cinco ruedas del mes anterior al contratado.


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Se pone en conocimiento de los señores operadores que, contando con la autorización de la Comisión Nacional de Valores, a partir del próximo 2 de octubre de 2007 comenzará a cotizar el Contrato de Opciones

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Se pone en conocimiento de los señores operadores que, el Directorio, en uso de facultades estatutarias y reglamentarias, ha resuelto abrir a partir del próximo 10 de septiembre de 2007 la cotización de los siguientes contratos: "Contrato de Futuros sobre BASE Maíz Zárate"; "Contrato de Futuros sobre BASE Trigo Zárate"; y "Contrato de Futuros sobre BASE Soja Zárate", conforme el texto unificado vigente por Avisos Nros. 365, 386 y 418 con las siguientes especificaciones.



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Se pone en conocimiento de los señores operadores que, contando con la autorización de la Comisión Nacional de Valores, a partir del próximo 16 de julio de 2007 comenzará a cotizar el Contrato de Futuro de Aceite de Soja, cuyo reglamento se acompaña en Anexo y cuyas especificaciones más abajo se indican. Durante los primeros seis meses desde su apertura, el tonelaje que se registre en este contrato no se computará para el cálculo de la clasificación según el patrimonio neto de operador, asimismo, la tasa de registro estará bonificada durante dicho período.

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Se pone en conocimiento de los señores operadores que, a los efectos de preservar la confidencialidad de las operaciones, el Directorio resolvió que en ocasión de procederse a rectificar las Comunicaciones de Compra-Venta (boletos) según el procedimiento determinado por Aviso Nº 422 de 15/12/05, las partes podrán optar por presentar sendas notas firmadas independientemente.

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Se pone en conocimiento de los señores operadores que, a los efectos de dotar de mayor transparencia al sistema, el Directorio resolvió que en oportunidad en que las operaciones CFF deban pagar diferencias, las mismas se calculen en base al precio de ajuste del día en que se presenta en el Mercado la carta de ingreso al sistema. En consecuencia se modifica el punto 1.5 del Aviso N° 426, quedando inalterables las demás disposiciones del mismo no modificadas por el presente.


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Con el objeto de propender a la liquidez del mercado, dotando a los operadores de mayor variedad de herramientas de cobertura, el Directorio ha desarrollado la operatoria denominada "Cambio de Futuro por Físico" (CFF) a través de la cual los operadores podrán continuar realizando sus operaciones de forward, canje, a fijar, etc., pero fijando el precio a través del MATba, cuando y como quieran, sin verse obligados a depositar Márgenes.

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Se pone en conocimiento de los señores operadores que a los efectos de facilitarle al operador el procedimiento de registro de las operaciones, el Directorio resolvió admitir la rectificación de las Comunicaciones de Compra-Venta (boletos), en los casos y conforme el procedimiento que a continuación se indica.

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Se pone en conocimiento de los señores operadores que el Directorio resolvió que en ocasión que las partes de una Oferta de Entrega decidan de común acuerdo, modificar el destino original, dicho cambio no podrá realizarse por destinos para los que se encuentre abierta la cotización de contratos de Futuros de Base. Lo resuelto precedentemente tendrá vigencia a partir de las Ofertas de Entrega correspondientes a la posición marzo 2006 y en adelante

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Se pone en conocimiento de los señores operadores que, el Directorio, en uso de facultades estatutarias y reglamentarias, ha resuelto abrir a partir del próximo 1° de diciembre de 2005 la cotización de los siguientes contratos: "Contrato de Futuros sobre BASE Maíz Chacabuco"; "Contrato de Futuros sobre BASE Trigo Chacabuco"; "Contrato de Futuros sobre BASE Girasol Chacabuco" y "Contrato de Futuros sobre BASE Soja Chacabuco", conforme el texto unificado vigente por Avisos Nros. 365 y 386, con la denominación adoptada por Aviso N°418 con las siguientes especificaciones.

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Se pone en conocimiento de los señores operadores que el Directorio, en uso de facultades estatutarias y reglamentarias, ha resuelto que, a partir del 1° de diciembre de 2004, los Contratos de Futuros en Pesos de Trigo, Maíz, Girasol, Soja, Soja Fábrica tendrán un tamaño de 28 toneladas. Consecuentemente se reforman los artículos correspondientes en los respectivos contratos, como sigue.

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Se pone en conocimiento de los señores operadores que, el Directorio, en uso de facultades estatutarias y reglamentarias, ha resuelto abrir a partir del próximo 1° de diciembre la cotización de los siguientes contratos: "Contrato de Futuros sobre Primas Trigo Baradero"; "Contrato de Futuros sobre Primas Trigo San Nicolás", conforme el texto unificado vigente por Aviso N° 365, con las siguientes especificaciones.


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Se pone en conocimiento de los señores operadores que el Directorio, en uso de facultades estatutarias y reglamentarias, ha resuelto lo siguiente.

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Se pone en conocimiento de los señores operadores que el Directorio, en uso de facultades estatutarias y reglamentarias, ha resuelto lo siguiente.

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Se hace saber a los señores operadores que el Directorio, en uso de facultades estatutarias y reglamentarias, resolvió que a partir del 2 de enero de 2004, en los casos en que se deba proceder a la liquidación final de calidad de las carátulas (Oferta de Entrega), se procederá de la misma manera prevista para la liquidación de las finales C1116C.

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Se pone en conocimiento de los señores operadores que, contando con la autorización de la Comisión Nacional de Valores (Res. Nro. 14.521), el Directorio, en uso de facultades estatutarias y reglamentarias, ha resuelto abrir a partir del próximo 4 de junio de 2003 la cotización de los siguientes contratos: "Contrato de Futuros sobre Primas Maíz Bahía
Blanca" ; "Contrato de Futuros sobre Primas Maíz Quequén"; "Contrato de Futuros sobre Primas Maíz San Nicolás"; "Contrato de Futuros sobre Primas Maíz Baradero"; "Contrato de Futuros sobre Primas Soja Bahía Blanca" ; "Contrato de Futuros sobre Primas Soja Quequén"; "Contrato de Futuros sobre Primas Soja San Nicolás"; "Contrato de Futuros sobre Primas Soja Baradero"; "Contrato de Futuros sobre Primas Girasol Bahía Blanca"; "Contrato de Futuros sobre Primas Girasol Quequén", cuyo texto unificado obra en el anexo al presente y cuyas especificaciones más abajo se indican.

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Se pone en conocimiento de los señores operadores que, contando con la autorización de la Comisión Nacional de Valores (Res. Nros. 14.479/82), el Directorio, en uso de facultades estatutarias y reglamentarias, ha resuelto abrir a partir del próximo 19 de mayo de 2003, la cotización de los siguientes contratos de futuros en pesos de Trigo, Maíz, Girasol y Soja, cuyos reglamentos se acompañan como anexos A, B, C y D, respectivamente; con las siguientes especificaciones.


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Se lleva a conocimiento de los señores operadores que el Directorio en uso de las facultades que le confiere el Art. 2.2 del Reglamento de Opciones resolvió que, a partir del próximo 24/6/02, se podrá operar con opciones sobre todos los productos, permanentemente sobre los dieciocho meses futuros calendario.

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